martes, 14 de marzo de 2017

NOTICIAS - El juez del accidente del Alvia extiende las imputaciones al jefe de seguridad de Adif


Las consecuencias penales del caso Alvia, el accidente ferroviario de Santiago que provocó el fallecimiento de 80 pasajeros en 2013, vuelven a situarse más allá del maquinista. El juez que instruye la causa ha acordado dirigir la investigación contra Andrés Cortabitarte, entonces jefe de Seguridad en la Circulación del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), como presunto responsable de los delitos de homicidio y lesiones por imprudencia grave, según ha notificado en un auto del pasado 10 de marzo. El juez considera que Cortabitarte “no cumplió” su cometido en relación con la elaboración del correspondiente análisis de riesgos en la línea de alta velocidad entre Ourense y Santiago.

La declaración de Cortabitarte como investigado —antiguo imputado— se produce nueve meses después de que la Audiencia provincial de A Coruña obligara al titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago, Andrés Lago Louro, a reabrir el caso, que se había cerrado con el maquinista, Francisco José Garzón Amo, como único imputado. La Sección Sexta de la Audiencia enmendó aquella decisión, basada en la consideración de la velocidad como única causa del siniestro. La reapertura fue celebrada por los familiares de las víctimas y otros colectivos, que siempre señalaron a Cortabitarte como un elemento clave para aclarar el siniestro y que acusaban al juez de cerrar la causa de forma prematura.

En su nuevo auto, el juez Lago notifica a las partes que el jefe de Seguridad de Adif será investigado, y le cita para el próximo 22 de marzo en el juzgado, donde deberá ofrecer explicaciones de su actuación tras ser avisado del riesgo de la curva de Angrois, la parroquia compostelana en la que el tren descarriló la fatídica tarde del 24 de julio de 2013. Al no constar “que haya hecho u ordenado medida alguna destinada a evaluar y gestionar dicho riesgo”, el entonces jefe de Seguridad generó y toleró una situación de riesgo “que finalmente cristalizó” en el descarrilamiento, que “costó la vida y la salud a múltiples usuarios”. Además de las 80 víctimas mortales, el accidente provocó lesiones a otras 144 personas.

“Lo que desde luego no podemos discutir es que la curva representaba un riesgo en sí misma”, señala el juez, que destaca que ese riesgo “había sido detectado” por las propias empresas encargadas de construir la infraestructura y por Ineco, la consultora ligada al Ministerio de Fomento. Añade Lago que, después, ese peligro había sido comunicado a Adif, “explicitando las limitaciones del subsistema suministrado para mitigar o conjurar dicho riesgo y que, finalmente, por parte de Adif nada se hizo para evaluar y reducir dicho riesgo a parámetros de tolerancia” que exigen las normas.

“Todos han cumplido con su deber excepto quien, en última instancia, tenía la capacidad de decidir cómo gestionar el riesgo de descarrilamiento en curva por exceso de velocidad que finalmente fue la causa directa e inmediata del resultado”, resume el auto. Al no efectuar una previa valoración integral de la línea, Adif incumplió con su deber, señala el juez, lo que “en términos de contribución causal al resultado finalmente producido, equipara dicho incumplimiento a la imprudencia del maquinista que tenía el deber de conjurar y/o mitigar”.

Cortabitarte fue el responsable de Adif que, a petición de Renfe, autorizó un año antes del accidente la desconexión del sistema de seguridad ETCS —uno de los componentes del ERTMS, el sistema de control constante de la velocidad propio del AVE— en los Alvia híbridos entre Ourense y Santiago, lo que les permitió circular con la protección del ASFA Digital y señalización lateral, un sistema de seguridad menor, una decisión adoptada por la “falta reiterada de disponibilidad del sistema ETCS”. El ASFA, un sistema convencional de control puntual de la velocidad, no podía frenar automáticamente el tren en cualquier lugar, como no lo hizo en Angrois.

En su orden de reapertura de la investigación judicial, la Audiencia reclamó investigar en concreto “si ha existido y era normativa y técnicamente necesaria una evaluación integral del riesgo de la línea que tuviera en cuenta la situación de peligro concretamente existente en la curva donde se produjo el accidente”.

La reapertura del caso supuso la citación de dos peritos que en sus informes previos señalaron que Adif no había evaluado correctamente los riesgos, y que comparecieron ante el juez para explicar cómo se realizó el análisis de riesgos, si se valoró “la situación de peligro concretamente existente en la curva”, si la normativa así lo exigía y si se trasladaron esos riesgos al maquinista.

Cortabitarte había sido inicialmente desimputado, a pesar de que nunca prestó declaración, ya que no lo hizo como testigo y se negó a hacerlo cuando estuvo imputado, antes del auto del juez que cerraba la investigación con el maquinista como único investigado. La instrucción del accidente del Alvia estuvo a cargo inicialmente del juez Luis Aláez, quien imputó hasta en dos ocasiones a varios responsables de Adif, entre ellos, al propio Cortabitarte.

El exjefe de Seguridad de Adif también está imputado por la Audiencia Provincial de Segovia por el accidente del 26 de marzo de 2010 en Arévalo (Ávila), cuando un tren chocó por detrás de otro que estaba parado en una zona donde se realizaban pruebas de señalización, un fallo provocó que se pusiera en verde un semáforo que debía estar en rojo. Como consecuencia de aquel siniestro, falleció el maquinista del tren en marcha.

Fuente: Periódico digital El Confidencial

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