martes, 13 de octubre de 2009

NOTICIAS-Adif amplía el certificado de seguridad a Continental Rail.

Adif ha aprobado la ampliación del certificado de seguridad de la empresa de transporte ferroviario de mercancías Continental Rail, contribuyendo a fomentar esta modalidad de transporte.

La entidad pública empresarial ha determinado que dicha compañía cumple todos los requisitos exigidos por la Ley del Sector Ferroviario, el Reglamento sobre Seguridad en la Circulación y el resto de disposiciones normativas en materia de seguridad, y que, por lo tanto, se encuentra capacitada para circular en los corredores de la Red Ferroviaria de Interés General (REFIG) solicitados.

Continental Rail, que hasta ahora estaba en posesión del certificado de seguridad para circular en las líneas Madrid-Valencia, Madrid-Venta de Baños, Gijón-Venta de Baños y en distintas relaciones dentro del Principado de Asturias, ha obtenido la ampliación necesaria para operar también en diversos itinerarios en Cantabria, Galicia, Castilla y León, Cataluña, Aragón y la Comunidad Valenciana.

Esta empresa ha demostrado su capacitación mediante un plan de contingencias acordado con Adif de cara a la circulación ferroviaria por las nuevas líneas, así como la de su personal de conducción, que cuenta con los títulos y las habilitaciones preceptivas en materia de seguridad en la circulación. Además, Continental Rail dispone de material motor debidamente autorizado para realizar los servicios demandados.

Acceso a la infraestructura ferroviaria.

De acuerdo con la Ley del Sector Ferroviario, pueden acceder a la REFIG en condiciones de igualdad las empresas ferroviarias con licencia emitida por el Ministerio de Fomento o por la autoridad competente de otro Estado miembro de la Unión Europea.

Aquellas empresas que no cuenten con recursos propios de tracción que deseen utilizar la REFIG pueden solicitar una habilitación, igualmente válida en toda la Unión, que les faculta para operar a través de las empresas con licencia ferroviaria.

Por otro lado, las empresas deben estar en posesión del certificado de seguridad necesario para poder circular por el itinerario solicitado. Por lo tanto, este certificado, otorgado por Adif, debe ser solicitado para cada una de las líneas en las que una empresa ferroviaria determinada desee operar.

En este documento se establecen las condiciones que ésta ha de cumplir en materia de sistemas de control, circulación y seguridad ferroviaria, de conocimientos y requisitos de su personal relacionado con la seguridad de la circulación ferroviaria y de características técnicas del material rodante ferroviario que utiliza.

El certificado de seguridad acredita que la empresa ferroviaria ha establecido un sistema propio de gestión de la seguridad y está en condiciones de cumplir los requisitos fijados en las especificaciones técnicas que le afectan, con objeto de controlar los riesgos y operar en la red de manera segura.

Dichos requisitos comprenden la aplicación de las especificaciones técnicas de homologación y de las normas nacionales de seguridad, la aceptación de los procedimientos para la concesión de las habilitaciones del personal ferroviario y para la obtención de las autorizaciones requeridas para la circulación del material rodante que se empleará.

Por último, las empresas deben solicitar a Adif, como responsable de la regulación del tráfico ferroviario, la adjudicación de la capacidad de infraestructura o surco necesario para circular, esto es, el número de franjas horarias disponibles en un tramo de infraestructura ferroviaria durante un periodo de tiempo determinado, en función de la tipología del tráfico.

Fuente: Vía Libre (www.vialibre-ffe.com)